Por Abogada Piedad Vásquez, especialista en Responsabilidad Civil y del Estado · Vásquez & Asociados · Medellín
Respuesta rápida
No firme nada antes de conocer el alcance real de sus lesiones y cuánto vale su caso. Al firmar una transacción, un «paz y salvo» o un recibo de pago «por todo concepto», usted puede renunciar a reclamar más adelante, incluso por perjuicios que todavía no ha calculado.
Es muy común que, pocas semanas después del accidente, la aseguradora del vehículo responsable llame a la víctima o a su familia con una propuesta de pago. La oferta llega cuando más se necesita el dinero: hay gastos médicos, incapacidades y deudas. Por eso es tan tentador aceptarla. Antes de hacerlo, lea esta guía.
¿Por qué la aseguradora hace una oferta rápida?
Porque le conviene cerrar el caso pronto. Mientras más temprano se firma, menos se sabe de las secuelas, del tiempo de incapacidad y de los ingresos que la víctima dejará de recibir. Una oferta temprana suele calcularse sobre lo que se conoce en ese momento, que casi siempre es menos de lo que finalmente corresponde.
¿Qué pasa si firmo?
Lo que usted firme puede tener efectos de transacción. La transacción es un contrato por el que las partes terminan un conflicto, y tiene la fuerza de una sentencia. Si el documento dice que usted queda satisfecho «por todo concepto», después será muy difícil reabrir el caso, aunque aparezcan secuelas o gastos nuevos.
¿Qué revisar en el documento antes de firmar?
- Si dice «paz y salvo», «por todo concepto», «transacción» o «renuncia a futuras reclamaciones».
- Si cubre solo gastos médicos o también lucro cesante, daño moral y daño a la vida de relación.
- A quiénes libera de responsabilidad: solo a la aseguradora o también al conductor, al propietario y a la empresa.
- Si el pago es parcial (un anticipo) o definitivo.
- Si incluye a todos los familiares que también podrían reclamar.
¿Qué es un anticipo y en qué se diferencia de un pago total?
Un anticipo es un pago parcial que se descuenta del valor final, sin cerrar el caso. Puede ser útil para cubrir gastos urgentes. Si la aseguradora ofrece un anticipo, el documento debe decir con claridad que es parcial y que usted conserva el derecho a reclamar el resto. Si no lo dice, no lo firme.
Espere a conocer el alcance real del daño
Antes de negociar conviene que el tratamiento médico haya terminado y que se conozcan las secuelas. En lesiones graves, eso incluye saber si quedará una pérdida de capacidad laboral. Cerrar el caso antes de ese momento es el error más frecuente que vemos en Medellín y en todo el país.
¿Cómo se calcula lo que realmente vale su caso?
Se suman los perjuicios patrimoniales (gastos y los ingresos dejados de percibir, presentes y futuros) y los extrapatrimoniales (daño moral y afectación a la vida de relación o a la salud). Cada uno debe probarse con documentos, historia clínica y, cuando se requiere, con un dictamen sobre la pérdida de capacidad laboral. Solo con ese cálculo se puede saber si una oferta es razonable.
¿Puedo reclamar directamente a la aseguradora?
Sí. Cuando el vehículo responsable tiene una póliza de responsabilidad civil, la víctima puede dirigirse directamente contra la aseguradora. La reclamación debe estar bien sustentada: hechos, prueba de la responsabilidad, perjuicios y su valor. Una reclamación bien armada obliga a la aseguradora a responder sobre bases técnicas y no sobre una cifra improvisada. Tenga en cuenta el plazo: frente a la aseguradora, la prescripción ordinaria es de dos (2) años y la extraordinaria de cinco (5) años.
Si la aseguradora niega o ofrece muy poco
El camino continúa con la audiencia de conciliación y, si no hay acuerdo, con la demanda civil contra todos los responsables, incluida la aseguradora. Tener ese camino claro desde el comienzo mejora su posición al negociar: la aseguradora sabe que, si no paga lo justo, el caso irá ante un juez.
¿Y si ya firmé?
Consulte cuanto antes. Hay que revisar exactamente qué firmó, a quién liberó y qué perjuicios quedaron por fuera. En algunos casos queda margen para reclamar a otros responsables o por conceptos no incluidos.
Preguntas frecuentes
¿La aseguradora puede negarse a pagar? Puede objetar la reclamación si considera que su asegurado no fue responsable, que la póliza no cubre el hecho o que los perjuicios no están probados. Por eso la reclamación debe presentarse con pruebas y con un cálculo serio.
¿Debo entregar mi historia clínica a la aseguradora? La aseguradora necesita conocer las lesiones para evaluar el caso, pero conviene que la entrega se haga dentro de una reclamación formal y organizada, no en respuesta a llamadas o formularios sueltos.
¿Cuánto se demora la aseguradora en responder? La ley fija un plazo para que la aseguradora pague o se pronuncie una vez se le presenta una reclamación con las pruebas necesarias; si no lo hace, pueden causarse intereses. Una reclamación incompleta le da a la aseguradora la excusa para demorarse.
¿Puedo negociar yo solo? Puede, pero estará frente a profesionales que negocian a diario. En Medellín y en todo el país vemos con frecuencia ofertas que suben de forma importante cuando el caso está bien sustentado.
Recomendaciones finales
- No acepte ofertas por teléfono ni firme en la primera reunión.
- Pida copia de todo lo que le presenten.
- No entregue declaraciones grabadas sin asesoría.
- Consulte con un abogado antes de decidir.
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Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado sobre su caso concreto.

